Maestrinas, profesoras y alumnas. 152 aniversario de docencia femenina en el Conservatorio del Liceo (I)
La presencia de la mujer en la enseñanza de los estudios musicales está relacionada con su inclusión en los planes de estudio de la educación general, largo proceso que fue posible con la creación y el reconocimiento de los planes de estudio musicales.
En el siglo XIX, el régimen liberal impulsó distintos sistemas de instrucción pública que significaron un ligero avance para la educación femenina, aunque dichos planes se centraran preferentemente en los hombres, ya que su objetivo era disminuir los altos índices de analfabetismo existentes.
La necesaria incorporación de la mujer en las actividades docentes se relacionó previamente con su reconocimiento a recibir una educación, derecho que tardó el consolidarse, ya que la Constitución de 1812 en su Art. 366, Cap. IX solo se citaba el Derecho a la educación para los niños y no para las niñas.
No fue hasta la elaboración de informes posteriores a la redacción de la Constitución, como la Ley de Instrucción pública, conocida como La Ley Moyano, del 9 septiembre 1857, que significó un avance en los derechos de las mujeres para recibir una instrucción.
En esta Ley de Instrucción pública de 1857 se decretó la obligatoriedad de que las mujeres recibieran una educación, aunque solo en el nivel elemental y el aprendizaje de las labores del hogar, por lo que no tenían las mismas asignaturas que sus compañeros masculinos.
De la división que estableció la Ley Moyano en tres niveles educativos, enseñanza primaria, media y superior, solo se permitía la educación de la mujer en la enseñanza primaria, de entre 6 a 9 años, y en escuelas con separación de sexos.
Pese a sus múltiples carencias, como el otorgar un salario inferior a las maestras que a los maestros, la Ley Moyano impulsó la formación de las mujeres a través de la creación de la Escuela Normal de Maestras en 1858 y fue la primera vez que se reconocía como un derecho la formación de las Mujeres.
En el Real Decreto del 7 de junio 1878 se recogía con mayor detalle las enseñanzas musicales:
Desde luego se comprende que en una Escuela especial de Música y Declamación debe hacerse ante todo diferencia de los estudios fundamentales y de aquellos otros que pueden considerarse como de aplicación: Cátedras de composición, de armonía y de canto, para la sección de música; otras, bien organizadas, de la teoría ó historia del arte dramático y de sus relaciones con la lírica en la escena, para las secciones de declamación: tales son los estudios que, además de los elementales y de los de indispensable aplicación, incumben principalmente á la enseñanza oficial: los especiales de otros instrumentos deben, alentarse y mantenerse, pero no con el carácter de clases necesarias que formen parte integrante del cuadro del establecimiento. En el que hoy se propone á V. M. quedan dos Cátedras de composición; dos de canto; dos de armonía; seis de instrumentos especiales; una de lengua italiana, y las precisas de solfeo; las dos secciones de declamación estarán á cargo de tres Profesores. (Cit. Real Decreto 7 junio 1868, en Gaceta de Madrid Año CCVII, Núm. 172, 20 junio 1868
Con los años se fueron redactando leyes que fueron incorporando a la educación a las mujeres y como maestras, aunque seguían ganando menos que sus compañeros varones:
Posteriormente, en las Reformas de Albareda en 1882 se amplió el derecho de la mujer a una enseñanza superior y profesional, no solo elemental. Real Decreto 17 marzo 1882
Con la creación en 1900 de un Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, se decretó un posterior Real Decreto el 8 septiembre 1901 en el que se igualó la educación de las mujeres con la de los hombres, pudiendo participar como docentes.
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